 |
Cada
empresa decidirá y organizará los cursos
de formación para su personal, los que
pueden ser impartidos dentro o fuera de la
organización, por personal interno o externo
o por una empresa de formación. |
 |
Los
cursos podrán ser presenciales,
semipresenciales a distancia u on-line, según
las características que presente cada empresa
o de acuerdo a sus especiales requerimientos. |
 |
Los
cursos que subvenciona la Fundación
Tripartita son exclusivamente para personal
de empresas constituidas dentro del Estado
Español. |
 |
Las
Empresas disponen de un crédito para la
formación de sus trabajadores, pudiendo
deducirse de los Seguros Sociales el importe
destinado de los cursos. |
 |
Se
comunicará a la Fundación Estatal para la
Formación en el Empleo el inicio de las
acciones formativas con una antelación
de, al menos, de 15 días. |
 |
Las
empresas pueden agruparse por sectores para
organizar y gestionar de forma conjunta y más
efectiva la formación de sus trabajadores. |
 |
Se
subvencionan las acciones de capacitación del
personal de la empresa que se llevan a cabo en
centros de formación externos, con
experiencia en la impartición de este tipo de
acciones. |
Los
costes máximos que se
aplicarán por participante y hora
de formación son los siguientes:
- Modalidad
Presencial Nivel de Formación Básico
8 euros/hora
- Modalidad
Presencial Nivel de Formación
Medio-Superior 12 euros/hora
- Modalidad
a Distancia 5 euros/hora
- Modalidad
on-line: 6,75 euros/hora
- Modalidad
Mixta: se aplicarán los módulos
anteriores en función de las horas de
formación presencial y a distancia u on-line
que tenga la acción formativa.
|